Transferencia de la Secretaría Técnica de apoyo
a la Comisión Ad Hoc del MEF a la PCM
Novedades de la Secretaría Técnica
1.- Se encuentra disponible la consulta del Certificado de Reconocimiento de Aportaciones y Derechos del Fonavista – CERAD, para todos los beneficiarios incluidos en el Vigésimo Grupo de Pago (diciembre 2023), el Primer Grupo de Reintegro (mayo 2024) y Segundo Grupo de Reintegro (agosto 2024) del Padrón Nacional de Fonavistas Beneficiarios, ingresando al link https://www.fonavi-st.gob.pe/sifonavic5/
La consulta debe ser realizada sólo por el Fonavista Titular o por sus herederos, en caso de fallecimiento.
2.- Se encuentra disponible la consulta para los herederos que han iniciado su trámite de devolución ante el Banco de la Nación, cuyo Fonavista Titular ha sido beneficiario del Primer al Vigésimo Grupo de Pago, del Primer Grupo de Reintegro (mayo 2024) y del Segundo Grupo de Reintegro (agosto 2024), del Padrón Nacional de Fonavistas Beneficiarios, ingresando el documento de identidad del titular al siguiente link https://www.fonavi-st.gob.pe/sifonavic4/
Recuerde que la publicación de los deudos que han iniciado trámite ante el Banco de la Nación para el cobro de la devolución del Fonavista Titular fallecido, estará disponible por cuarenta y cinco (45) días calendarios, plazo en el cual si hubiera oposición de alguna persona que considere tener mejor o igual derecho como heredero, deberán presentar ante cualquier oficina el Banco de la Nación el documento que acredite tal condición.
Una vez finalizado el periodo de presentación de la oposición, existe un periodo adicional de hasta cinco (5) días hábiles, para la generación de la orden de pago correspondiente y pueda acercarse al Banco de la Nación a realizar el cobro. Finalizado el periodo de presentación de la oposición en cada caso, no se realizarán más registros de deudos para el fonavista titular fallecido.
Lima, 13 de setiembre del 2024.
El jueves 22 de agosto de 2024, la Comisión Ad Hoc emitió la Resolución Administrativa N° 003-2024/CAH- LEY N° 29625, la misma que ha sido publicada el 26 de agosto de 2024 en el diario Oficial El Peruano, por la que se aprueba el Segundo Grupo de Reintegros del Padrón Nacional de fonavistas beneficiarios del 1-19 grupo de pago; lo conforman 207,470 FONAVISTAS, a partir de los 75 años de edad, fallecidos a partir de los 93 años, registrados en CONADIS, con pensión de invalidez y enfermedad grave y terminal, por la suma de S/ 519’ 291,004.31.
A partir del martes 27 de agosto de 2024, se dará inicio al mencionado reintegro, exclusivamente a través de las ventanillas del Banco de la Nación a nivel nacional, portando su documento de identidad.
Tenga en cuenta lo siguiente:
Antes de acudir al Banco de la Nación, verifique si forma parte del Segundo Grupo de Reintegro aprobado a través de los canales oficiales:
- Ingrese a la web de la Secretaría Técnica www.fonavi-st.gob.pe dando clic al botón “Consulte aquí si es parte del Segundo Grupo, Reintegros – Agosto 2024”.
- Asistir a los Módulos de Mejor Atención al Ciudadano (MAC) o llamando a Aló MAC, opción 1800.
- Central telefónica (01) 640-8655
Recuerde que el TRÁMITE ES ABSOLUTAMENTE GRATUITO, NO realice algún pago a persona que se lo solicite.
La Comisión Ad Hoc, con el apoyo de la Secretaría Técnica, aprobará nuevos grupos de pago, dando cumplimiento al proceso de devolución de aportes al FONAVI dispuesto por la Ley N° 29625.
Lima, 26 de agosto del 2024.
1.- Se encuentra disponible la consulta del Certificado de Reconocimiento de Aportaciones y Derechos del Fonavista – CERAD, para todos los beneficiarios incluidos en el Vigésimo Grupo de Pago (diciembre 2023) y el Primer Grupo de Reintegro (mayo 2024) del Padrón Nacional de Fonavistas Beneficiarios, ingresando al link https://www.fonavi-st.gob.pe/sifonavic5/
La consulta debe ser realizada sólo por el Fonavista Titular o por sus herederos, en caso de fallecimiento.
2.- Se encuentra disponible la consulta para los herederos que han iniciado su trámite de devolución ante el Banco de la Nación, cuyo Fonavista Titular ha sido beneficiario del Primer al Vigésimo Grupo de Pago y del Primer Grupo de Reintegro (Mayo 2024), del Padrón Nacional de Fonavistas Beneficiarios, ingresando el documento de identidad del titular al siguiente link https://www.fonavi-st.gob.pe/sifonavic4/index.jsp
Recuerde que la publicación de los deudos que han iniciado trámite ante el Banco de la Nación para el cobro de la devolución del Fonavista Titular fallecido, estará disponible por cuarenta y cinco (45) días calendarios, plazo en el cual si hubiera oposición de alguna persona que considere tener mejor o igual derecho como heredero, deberán presentar ante cualquier oficina el Banco de la Nación el documento que acredite tal condición.
Una vez finalizado el periodo de presentación de la oposición, existe un periodo adicional de hasta cinco (5) días hábiles, para la generación de la orden de pago correspondiente y pueda acercarse al Banco de la Nación a realizar el cobro. Finalizado el periodo de presentación de la oposición en cada caso, no se realizarán más registros de deudos para el fonavista titular fallecido.
Lima, 20 de mayo del 2024.
El martes 23 de abril de 2024, la Comisión Ad Hoc emitió la Resolución Administrativa N° 001-2024/CAH- LEY N° 29625, la misma que ha sido publicada el 24 de abril de 2024 en el diario Oficial El Peruano, por la que se aprueba el Primer Grupo de Reintegros del Padrón Nacional de fonavistas beneficiarios del primer al decimonoveno grupo de pago que lo conforman 153,182 FONAVISTAS por la suma de S/ 384’075,579.03.
A partir del jueves 25 de abril de 2024, se iniciará la devolución para el Primer Grupo de Reintegros del Padrón Nacional de fonavistas beneficiarios, exclusivamente a través de las ventanillas del Banco de la Nación a nivel nacional, portando su documento de identidad.
Tenga en cuenta lo siguiente:
Antes de acudir al Banco de la Nación, verifique si forma parte del Primer Grupo de Reintegro aprobado a través de los canales oficiales:
- Ingrese a la web de la Secretaría Técnica www.fonavi-st.gob.pe dando clic al botón “Consulte aquí si es parte del Primer Grupo, Reintegros – Abril 2024”.
- Asistir a los Módulos de Mejor Atención al Ciudadano (MAC) o llamando a Aló MAC, opción 1800.
- Central telefónica (01) 640-8655
Recuerde que el TRÁMITE ES ABSOLUTAMENTE GRATUITO, NO realice algún pago a persona que se lo solicite.
La Comisión Ad Hoc, con el apoyo de la Secretaría Técnica, aprobará nuevos grupos de pago, dando cumplimiento al proceso de devolución de aportes al FONAVI dispuesto por la Ley N° 29625.
Lima, 24 de abril del 2024.
La Comisión Ad Hoc en su Acuerdo N° 1/2-2024, acordó que los Fonavistas beneficiarios de los Grupos de Pago N° 1 al 19 que no cobraron oportunamente la devolución de sus aportes, puedan realizar su cobro, como pago a cuenta.
En tal sentido, a partir del jueves 1 de febrero de 2024, podrán verificar la reactivación de sus devoluciones ingresando al enlace de la Secretaría Técnica del FONAVI https://www.fonavi-st.gob.pe, a la opción “6.Pendientes de Cobro Grupos de Pago N° 1 al 19”.
Luego, de verificar la reactivación de su pago, podrán acercarse con su DNI físico a la agencia del Banco de la Nación más cercana, para realizar el cobro respectivo.
Lima, 01 de febrero del 2024.
1.- Se encuentra disponible la consulta del Certificado de Reconocimiento de Aportaciones y Derechos del Fonavista – CERAD, para todos los beneficiarios incluidos en el Grupo de Pago N° 20 del Padrón Nacional de Fonavistas del Perú, ingresando al link https://www.fonavi-st.gob.pe/sifonavic5/
2.- Se encuentra disponible la consulta para los herederos que han iniciado su trámite de devolución ante el Banco de la Nación, cuyo Fonavista Titular ha sido beneficiario del Grupo de Pago N° 20 del Padrón Nacional de Fonavistas del Perú, ingresando el documento de identidad del titular al siguiente link https://www.fonavi-st.gob.pe/sifonavic4/index.jsp.
Recuerde que la publicación de los deudos que han iniciado trámite ante el Banco de la Nación para el cobro de la devolución del Fonavista Titular fallecido, estará disponible por 45 días calendarios, plazo en el cual si hubiera alguna oposición de alguna persona que considere tener mejor o igual derecho, deberán presentar ante cualquier oficina el Banco de la Nación el documento que acredite tal condición. Una vez finalizado el periodo de oposición, existe un periodo adicional de hasta 05 días hábiles para que se le genere la orden de pago correspondiente y pueda acercarse al Banco de la Nación a realizar el cobro. Finalizado el periodo de oposición en cada caso, no se realizarán más registros de deudos para el fonavista titular fallecido.
Lima, 26 de enero del 2024.
Los Fonavistas beneficiarios del Vigésimo Grupo de Pago – Diciembre 2023 que aún no cobran su devolución, pueden hacerlo a través de las ventanillas del Banco de la Nación a nivel nacional, sólo portando su documento de identidad.
Lima, 11 de enero del 2024.
El viernes 15 de diciembre de 2023, la Comisión Ad Hoc emitió la Resolución Administrativa N° 001-2023/CAH- LEY N° 29625, publicada al día siguiente en el diario Oficial El Peruano, por la que se aprueba el Vigésimo Grupo de Pago – Diciembre 2023, del Padrón Nacional de Fonavistas del FONAVI, que lo conforman 64,272 FONAVISTAS por la suma de S/ 164’350,034.33.
El jueves 21 de diciembre de 2023, se iniciará la devolución para el Vigésimo Grupo de Pago, exclusivamente a través de las ventanillas del Banco de la Nación a nivel nacional, portando su documento de identidad.
Tenga en cuenta lo siguiente:
• Antes de acudir al Banco de la Nación, verifique si forma parte del Grupo de Pago aprobado a través de los canales oficiales:
- Ingrese a la web de la Secretaría Técnica www.fonavi-st.gob.pe, dando clic al botón “Consulte aquí si es beneficiario del Grupo de Pago N° 20 Diciembre 2023”,
- Central telefónica 640-8655
- Asistir a los Módulos de Mejor Atención al Ciudadano (MAC).
Recuerde que el TRÁMITE ES ABSOLUTAMENTE GRATUITO, NO realice algún pago a persona que se lo solicite.
La Comisión Ad Hoc, con el apoyo de la Secretaría Técnica, aprobará nuevos grupos de pago, dando cumplimiento al proceso de devolución de aportes al FONAVI dispuesto por la Ley N° 29625.
Lima, 16 de diciembre del 2023.
Con relación al procedimiento de devolución de aportes del Fonavi, la Presidencia del Consejo de Ministros informa a la ciudadanía:
1. El día de hoy el Gobierno publicó el Decreto Supremo N° 280-2023-EF, a través del cual, se hace viable la devolución de aportes al FONAVI. Con ello, se está cumpliendo con el proceso de devolución progresivo de los aportes, ratificándose la voluntad de cumplir con el mandato de la Ley N° 29625.
2. El reinicio de la devolución de los aportes iniciará el jueves 21 de diciembre para más de 60 mil aportantes del grupo N° 20, según la programación que se tiene. El monto a devolver supera los 160 millones de soles.
3. La devolución se realizará, exclusivamente, a través del Banco de la Nación, en todas sus sucursales a nivel nacional para quienes estén considerados en el grupo N° 20.
4. La Presidencia del Consejo de Ministros remarca que el proceso de consulta y devolución de los aportes del Fonavi es gratuito.
5. Se invoca a los ciudadanos a informarse sobre la devolución del Fonavi a través de los canales oficiales. Para ello pueden ingresar a la web desde el sábado 16 de diciembre a la web de la Secretaría Técnica del Fonavi: www.fonavi-st.pe. Asimismo, pueden comunicarse a la central telefónica 640-8655 o asistir a los Módulos de Mejor Atención al Ciudadano (MAC).
6. El Ejecutivo garantiza el cumplimiento de los compromisos asumidos con los aportantes al Fonavi, principalmente con aquellos que se encuentran en situación de vulnerabilidad.
Lima, 14 de diciembre del 2023.
La Secretaría Técnica construyó 1’084,598 cuentas individuales de Fonavistas, lo que permitió la devolución de S/ 1,044’983,037.99, en 19 grupos de pago aprobados por la Comisión Ad Hoc, durante la vigencia de la Septuagésima Segunda Disposición Complementaria y Final de la Ley 30114.
El día 13 de abril del año en curso, la Comisión Ad Hoc ha aprobado los siguientes lineamientos:
- Lineamientos para el Saneamiento de los Inmuebles del Fondo Revolvente, de Acuerdo con los Artículos 1°, 8°, 9° y 10° de la Ley N° 31173 y sus Normas Complementarias [incluye modificatorias]. (click aquí)
- Lineamientos para la Gestión de los Activos Remanentes del Fondo Revolvente – Cartera de Créditos Vencidos. (click aquí)
Lima, 14 de abril del año 2023
El día 21 de marzo del año en curso, el Tribunal Constitucional emitió la Sentencia recaída en el Expediente N° 016-2021-PI/TC, relacionado al proceso de devolución de aportaciones al Fonavi. Click aquí.
Lima, 23 de marzo de 2023
El día 09 de febrero del año en curso, la Comisión Ad Hoc aprobó por unanimidad los “Lineamientos para el Saneamiento de los Inmuebles del Fondo Revolvente, de Acuerdo con los Artículos 1°, 8°, 9° y 10° de la Ley N° 31173 y sus Normas Complementarias” que se encuentran publicados en la ventana COMISIÓN AD HOC.
El día 11 de noviembre del año en curso, La Comisión Ad Hoc creada por la Ley N° 29625 aprobó por unanimidad el Plan Operativo, el mismo que puede ser visualizado ingresando a la ventana “Comisión Ad Hoc – Comunicados”
Lima, 14 de noviembre de 2022
El día 13 de octubre del año en curso a las 4:00 p.m. se ha instalado la Comisión Ad Hoc creada por la Ley N° 29625, con la presencia de los representante de la Asociación Federación Nacional de Fonavistas y Pensionistas del Perú, del Ministerio de Economía y Finanzas y de la Oficina de Normalización Previsional; siendo elegido como Presidente el señor Luis Ezequiel Luzuriaga Garibotto y como Vicepresidente el señor Rodolfo Baca Gómez Sánchez.
Lima, 14 de octubre de 2022
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