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"AÑO DEL BICENTENARIO, DE LA CONSOLIDACIÓN DE NUESTRA INDEPENDENCIA, Y DE LA CONMEMORACIÓN DE LAS HEROICAS BATALLAS DE JUNÍN Y AYACUCHO"

Estimado(a) Fonavista:
Debido al gran volumen de consultas recibidas, por el momento no podemos responderle con prontitud, sin embargo, ponemos a su consideración respuestas a las consultas más frecuentes que venimos recibiendo. Agradecemos su comprensión.

 

COMISIÓN AD HOC – LEY 29625
• Miembros de la Comisión Ad Hoc
(Ley 29625, modificada por la Ley 31173 y precisada por Ley 31454).
- Tres (3) representantes del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF).
- Un (1) representante de la Oficina de Normalización Previsional (ONP).
- Tres (3) representantes de la Asociación Federación Nacional de Fonavistas y Pensionistas del Perú (FENAFP).


REGISTRO DE HISTORIAL LABORAL (Formulario 1)
• Para consultas relacionadas con el proceso de devolución de aportes y registro del Historial Laboral (Formulario 1), dirigirse a la página web https://www.fonavi-st.gob.pe/sifonavi/ y/o acercarse a la PLATAFORMA DE ATENCIÓN AL PÚBLICO.
• Para consultas relacionadas al estado del trámite de su devolución, dirigirse a https://www.fonavi-st.gob.pe/sifonavi/ e ingresar a “Estado de Registro” y/o acercarse a la PLATAFORMA DE ATENCIÓN AL PÚBLICO.
Si usted cumplió con registrar su Historial Laboral (Formulario 1) no debe volver a hacerlo. Tenga en cuenta que sólo se requerirá al Fonavista documentación supletoria o adicional, en caso ésta sea necesaria.
Si usted todavía no ha registrado su Historia Laboral (Formulario 1), lo puede realizar a través de https://www.fonavi-st.gob.pe/sifonavi/ e ingresar a “Registro de Historia Laboral –F1” y/o acercarse a la PLATAFORMA DE ATENCIÓN AL PÚBLICO.

 

DEVOLUCIÓN DE APORTACIONES
Fecha de los nuevos grupos de pago: La Comisión Ad Hoc comunicará la aprobación de los siguientes grupos de pago de devolución de aportaciones al FONAVI.

 

Herederos
Requisitos, Documentación y Trámite: El artículo 7° de la Ley 31173 derogó el Decreto Supremo N° 003-2020-EF, que establecía el procedimiento para el cobro de la devolución de aportaciones a favor de los herederos de Fonavistas beneficiarios fallecidos. La Comisión Ad Hoc dispondrá las acciones a seguir, las mismas que serán comunicadas por la Secretaría Técnica.

 

Rezagados
Fecha de reinicio de pago a los rezagados de grupos de pago anteriores, reconsideraciones y/o pago a Herederos: El artículo 7° de la Ley 31173 dejó sin efecto jurídico los actos y las acciones realizadas desde el 01.01.2015, a su vez derogó el Decreto Supremo N° 003-2020-EF que establecía los procedimientos a seguir, para realizar el cobro de la devolución, rezagados, entre otros. La Comisión Ad Hoc dispondrá las acciones a seguir, las mismas que serán comunicadas por la Secretaría Técnica.

 

CERAD
Emisión de CERAD con monto actualizado a devolver: La Comisión Ad Hoc comunicará la aprobación de los siguientes grupos de pago de devolución de aportaciones al FONAVI, así como la emisión de los Certificados de Reconocimiento de Aportaciones y Derechos.

 

BENEFICIADOS CON RECURSOS DEL FONAVI.
• En proceso de evaluación.

La devolución de las aportaciones comprende a todos los trabajadores, dependientes e independientes que aportaron al FONAVI, con excepción de quienes se beneficiaron de sus recursos en un monto igual o mayor a su aporte, de conformidad con el literal a) del artículo 2° de la Ley N° 31173, modificada por la Ley N° 31454.

En caso no se encuentre de acuerdo con la información publicada, usted puede presentar una solicitud de verificación, comunicándose con nuestra PLATAFORMA ÚNICA DE ATENCIÓN VIRTUAL llamando al teléfono (01) 640-8655 o dirigirse al correo electrónico siguiente: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.  y/o acercarse a la PLATAFORMA DE ATENCIÓN AL PÚBLICO.

 

SANEAMIENTO DE INMUEBLES BAJO LA ADMINISTRACIÓN DE LA COMISIÓN AD HOC
• Estado de trámites respecto al saneamiento de inmueble, que fueron iniciados antes de la emisión de la Ley 31173, La Ley 31173, modificada por la Ley 31454, dispone que la Comisión Ad Hoc debe establecer los requisitos para el saneamiento de propiedades. Dichos requisitos serán comunicados por la Secretaría Técnica. Para consultas adicionales vinculadas al saneamiento de inmuebles, puede dirigirse al correo electrónico siguiente: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

 

DEUDAS CON EL FONAVI

Consulta sobre saldos deudores por conexiones domiciliarias Decreto de Urgencia Nº 074-2000, referidos a infraestructura de saneamiento o de electricidad, puede dirigirse al correo electrónico siguiente:
Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.. Indicando el número de suministro o conexión que se registra en el recibo de consumos, sea de agua/desagüe o de energía eléctrica para el cual requiere su consulta.

Consultas sobre deudas o saneamiento de inmuebles administrados por el Banco de Materiales en Liquidación o Fondo Revolvente: Para realizar consultas sobre trámites respecto al saneamiento de inmuebles por hipoteca y/o cobranza de saldos deudores, se deben dirigir a la página web del BANMAT en Liquidación: http://www.banmat.pe/relacion.html.

 


Para mayor información ingrese a la dirección electrónica www.fonavi-st.pe y pulse la opción “Preguntas Frecuentes”, y/o comuníquese con nuestra PLATAFORMA ÚNICA DE ATENCIÓN VIRTUAL llamando al teléfono (01) 640-8655.

 


Recuerde que TODOS los trámites del proceso de devolución de aportes al Fonavi, saneamiento de inmuebles del Fonavi, presentación de Formularios, etc., son TOTALMENTE GRATUITOS, no se deje sorprender, denuncie cualquier cobro indebido.


Novedades de la Secretaría Técnica

 

1.- Se encuentra disponible la consulta del Certificado de Reconocimiento de Aportaciones y Derechos del Fonavista – CERAD, para todos los beneficiarios incluidos en el Vigésimo Grupo de Pago (diciembre 2023) y el Primer Grupo de Reintegro (mayo 2024) del Padrón Nacional de Fonavistas Beneficiarios, ingresando al link https://www.fonavi-st.gob.pe/sifonavic5/index.jsp

 

La consulta debe ser realizada sólo por el Fonavista Titular o por sus herederos, en caso de fallecimiento.

 

2.- Se encuentra disponible la consulta para los herederos que han iniciado su trámite de devolución ante el Banco de la Nación, cuyo Fonavista Titular ha sido beneficiario del Primer al Vigésimo Grupo de Pago y del Primer Grupo de Reintegro (Mayo 2024), del Padrón Nacional de Fonavistas Beneficiarios, ingresando el documento de identidad del titular al siguiente link https://www.fonavi-st.gob.pe/sifonavic4/index.jsp

 

Recuerde que la publicación de los deudos que han iniciado trámite ante el Banco de la Nación para el cobro de la devolución del Fonavista Titular fallecido, estará disponible por cuarenta y cinco (45) días calendarios, plazo en el cual si hubiera oposición de alguna persona que considere tener mejor o igual derecho como heredero, deberán presentar ante cualquier oficina el Banco de la Nación el documento que acredite tal condición.

 

Una vez finalizado el periodo de presentación de la oposición, existe un periodo adicional de hasta cinco (5) días hábiles, para la generación de la orden de pago correspondiente y pueda acercarse al Banco de la Nación a realizar el cobro. Finalizado el periodo de presentación de la oposición en cada caso, no se realizarán más registros de deudos para el fonavista titular fallecido.

 

 

Lima, 20 de mayo del 2024.


 

El martes 23 de abril de 2024, la Comisión Ad Hoc emitió la Resolución Administrativa N° 001-2024/CAH- LEY N° 29625, la misma que ha sido publicada el 24 de abril de 2024 en el diario Oficial El Peruano, por la que se aprueba el Primer Grupo de Reintegros del Padrón Nacional de fonavistas beneficiarios del primer al decimonoveno grupo de pago que lo conforman 153,182 FONAVISTAS por la suma de S/ 384’075,579.03.

 

A partir del jueves 25 de abril de 2024, se iniciará la devolución para el Primer Grupo de Reintegros del Padrón Nacional de fonavistas beneficiarios, exclusivamente a través de las ventanillas del Banco de la Nación a nivel nacional, portando su documento de identidad.

 

Tenga en cuenta lo siguiente:

 

Antes de acudir al Banco de la Nación, verifique si forma parte del Primer Grupo de Reintegro aprobado a través de los canales oficiales:

 

  • Ingrese a la web de la Secretaría Técnica www.fonavi-st.gob.pe dando clic al botón “Consulte aquí si es parte del Primer Grupo, Reintegros – Abril 2024”.
  • Asistir a los Módulos de Mejor Atención al Ciudadano (MAC) o llamando a Aló MAC, opción 1800.
  • Central telefónica (01) 640-8655

Recuerde que el TRÁMITE ES ABSOLUTAMENTE GRATUITO, NO realice algún pago a persona que se lo solicite.

 

La Comisión Ad Hoc, con el apoyo de la Secretaría Técnica, aprobará nuevos grupos de pago, dando cumplimiento al proceso de devolución de aportes al FONAVI dispuesto por la Ley N° 29625.

 

 

Lima, 24 de abril del 2024.


 

La Comisión Ad Hoc en su Acuerdo N° 1/2-2024, acordó que los Fonavistas beneficiarios de los Grupos de Pago N° 1 al 19 que no cobraron oportunamente la devolución de sus aportes, puedan realizar su cobro, como pago a cuenta.

 

En tal sentido, a partir del jueves 1 de febrero de 2024, podrán verificar la reactivación de sus devoluciones ingresando al enlace de la Secretaría Técnica del FONAVI https://www.fonavi-st.gob.pe, a la opción “6.Pendientes de Cobro Grupos de Pago N° 1 al 19”.

 

Luego, de verificar la reactivación de su pago, podrán acercarse con su DNI físico a la agencia del Banco de la Nación más cercana, para realizar el cobro respectivo.

 

Lima, 01 de febrero del 2024.


 

1.- Se encuentra disponible la consulta del Certificado de Reconocimiento de Aportaciones y Derechos del Fonavista – CERAD, para todos los beneficiarios incluidos en el Grupo de Pago N° 20 del Padrón Nacional de Fonavistas del Perú, ingresando al link https://www.fonavi-st.gob.pe/sifonavic5/index.jsp

 

2.- Se encuentra disponible la consulta para los herederos que han iniciado su trámite de devolución ante el Banco de la Nación, cuyo Fonavista Titular ha sido beneficiario del Grupo de Pago N° 20 del Padrón Nacional de Fonavistas del Perú, ingresando el documento de identidad del titular al siguiente link https://www.fonavi-st.gob.pe/sifonavic4/index.jsp.

 

Recuerde que la publicación de los deudos que han iniciado trámite ante el Banco de la Nación para el cobro de la devolución del Fonavista Titular fallecido, estará disponible por 45 días calendarios, plazo en el cual si hubiera alguna oposición de alguna persona que considere tener mejor o igual derecho, deberán presentar ante cualquier oficina el Banco de la Nación el documento que acredite tal condición. Una vez finalizado el periodo de oposición, existe un periodo adicional de hasta 05 días hábiles para que se le genere la orden de pago correspondiente y pueda acercarse al Banco de la Nación a realizar el cobro. Finalizado el periodo de oposición en cada caso, no se realizarán más registros de deudos para el fonavista titular fallecido.

 

Lima, 26 de enero del 2024.


 

Los Fonavistas beneficiarios del Vigésimo Grupo de Pago – Diciembre 2023 que aún no cobran su devolución, pueden hacerlo a través de las ventanillas del Banco de la Nación a nivel nacional, sólo portando su documento de identidad.

 

Lima, 11 de enero del 2024.


 

El viernes 15 de diciembre de 2023, la Comisión Ad Hoc emitió la Resolución Administrativa N° 001-2023/CAH- LEY N° 29625, publicada al día siguiente en el diario Oficial El Peruano, por la que se aprueba el Vigésimo Grupo de Pago – Diciembre 2023, del Padrón Nacional de Fonavistas del FONAVI, que lo conforman 64,272 FONAVISTAS por la suma de S/ 164’350,034.33.

 

El jueves 21 de diciembre de 2023, se iniciará la devolución para el Vigésimo Grupo de Pago, exclusivamente a través de las ventanillas del Banco de la Nación a nivel nacional, portando su documento de identidad.

 

Tenga en cuenta lo siguiente:

 

• Antes de acudir al Banco de la Nación, verifique si forma parte del Grupo de Pago aprobado a través de los canales oficiales:

 

  • Ingrese a la web de la Secretaría Técnica www.fonavi-st.gob.pe, dando clic al botón “Consulte aquí si es beneficiario del Grupo de Pago N° 20 Diciembre 2023”,
  • Central telefónica 640-8655
  • Asistir a los Módulos de Mejor Atención al Ciudadano (MAC).

 

Recuerde que el TRÁMITE ES ABSOLUTAMENTE GRATUITO, NO realice algún pago a persona que se lo solicite.

 

La Comisión Ad Hoc, con el apoyo de la Secretaría Técnica, aprobará nuevos grupos de pago, dando cumplimiento al proceso de devolución de aportes al FONAVI dispuesto por la Ley N° 29625.

 

Lima, 16 de diciembre del 2023.


Con relación al procedimiento de devolución de aportes del Fonavi, la Presidencia del Consejo de Ministros informa a la ciudadanía:

 

1. El día de hoy el Gobierno publicó el Decreto Supremo N° 280-2023-EF, a través del cual, se hace viable la devolución de aportes al FONAVI. Con ello, se está cumpliendo con el proceso de devolución progresivo de los aportes, ratificándose la voluntad de cumplir con el mandato de la Ley N° 29625.

 

2. El reinicio de la devolución de los aportes iniciará el jueves 21 de diciembre para más de 60 mil aportantes del grupo N° 20, según la programación que se tiene. El monto a devolver supera los 160 millones de soles.

 

3. La devolución se realizará, exclusivamente, a través del Banco de la Nación, en todas sus sucursales a nivel nacional para quienes estén considerados en el grupo N° 20.

 

4. La Presidencia del Consejo de Ministros remarca que el proceso de consulta y devolución de los aportes del Fonavi es gratuito.

 

5. Se invoca a los ciudadanos a informarse sobre la devolución del Fonavi a través de los canales oficiales. Para ello pueden ingresar a la web desde el sábado 16 de diciembre a la web de la Secretaría Técnica del Fonavi: www.fonavi-st.pe. Asimismo, pueden comunicarse a la central telefónica 640-8655 o asistir a los Módulos de Mejor Atención al Ciudadano (MAC).

 

6. El Ejecutivo garantiza el cumplimiento de los compromisos asumidos con los aportantes al Fonavi, principalmente con aquellos que se encuentran en situación de vulnerabilidad.

 

Lima, 14 de diciembre del 2023.


La Secretaría Técnica construyó 1’084,598 cuentas individuales de Fonavistas, lo que permitió la devolución de S/ 1,044’983,037.99, en 19 grupos de pago aprobados por la Comisión Ad Hoc, durante la vigencia de la Septuagésima Segunda Disposición Complementaria y Final de la Ley 30114.

 


El día 13 de abril del año en curso, la Comisión Ad Hoc ha aprobado los siguientes lineamientos:

 

  • Lineamientos para el Saneamiento de los Inmuebles del Fondo Revolvente, de Acuerdo con los Artículos 1°, 8°, 9° y 10° de la Ley N° 31173 y sus Normas Complementarias [incluye modificatorias]. (click aquí)

 

  • Lineamientos para la Gestión de los Activos Remanentes del Fondo Revolvente – Cartera de Créditos Vencidos. (click aquí)

Lima, 14 de abril del año 2023


El día 21 de marzo del año en curso, el Tribunal Constitucional emitió la Sentencia recaída en el Expediente N° 016-2021-PI/TC, relacionado al proceso de devolución de aportaciones al Fonavi. Click aquí.  

Lima, 23 de marzo de 2023


El día 09 de febrero del año en curso, la Comisión Ad Hoc aprobó por unanimidad los “Lineamientos para el Saneamiento de los Inmuebles del Fondo Revolvente, de Acuerdo con los Artículos 1°, 8°, 9° y 10° de la Ley N° 31173 y sus Normas Complementarias” que se encuentran publicados en la ventana COMISIÓN AD HOC.

 


El día 11 de noviembre del año en curso, La Comisión Ad Hoc creada por la Ley N° 29625 aprobó por unanimidad el Plan Operativo, el mismo que puede ser visualizado ingresando a la ventana “Comisión Ad Hoc – Comunicados”

 

Lima, 14 de noviembre de 2022


El día 13 de octubre del año en curso a las 4:00 p.m. se ha instalado la Comisión Ad Hoc creada por la Ley N° 29625, con la presencia de los representante de la Asociación Federación Nacional de Fonavistas y Pensionistas del Perú, del Ministerio de Economía y Finanzas y de la Oficina de Normalización Previsional; siendo elegido como Presidente el señor Luis Ezequiel Luzuriaga Garibotto y como Vicepresidente el señor Rodolfo Baca Gómez Sánchez.

 

Lima, 14 de octubre de 2022

 


 

N° Visitas al 31 de Enero 2024

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